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Soluciones legales 

en la defensa de

sus intereses.

Aceptamos todos los medios de pago.

Tarjetas de crédito y débito, Cód. QR, y link de pagos

Nuestro Equipo

 

 Somos un grupo de profesionales en distintas áreas jurídicas y contables, para unificar y proporcionar una amplia gama de opciones al servicio de su empresa en la expectativa de que logre realizar un trabajo productivo.-

 Tenemos a su disposición un cuerpo de abogados con vasta experiencia en todas las áreas, los mismos profesionales cuentan con un grupo de trabajo dedicado a la investigación y análisis de los temas de su competencia.-

 Nuestros servicios, son ejercidos en los  ámbitos (jurisdicciones) de Capital Federal, y Provincia de Buenos Aires.-

Servicios

 

      Las áreas legales que desarrollan nuestros profesionales son:

 

Tributarias / Impositivo

​Laboral / Despidos / Accidentes de Trabajo

Comercial / Contratos / Cheques / Pagarés / Concursos y Quiebras

Civil / Contratos / Alquileres / Sucesiones

    Estos son un ejemplo de lo que se hace en cada rama legal; también realizamos trabajos en las siguientes áreas: Contencioso Administrativo; Seguridad Social; Penal Económico; Penal, las cuales son derivadas a Estudios Jurídicos que trabajan en Colaboración.-

Áreas de Competencia


Ley del Trabajo

​Tributaria /Impositiva

Comercial​ - Marcas y Patentes

Civil​ - Administración de Alquileres

 

Jubilaciones

 

​Otras Áreas

Sitios web de interes
Noticias y Publicaciones
Acta 2764/22 CNAT. Nuevo Cálculo de Intereses Laborales.- 
El pasado 07/09/2022 la Cámara Nacional del Trabajo, dictó el acta 2764, en la que aborda el problema del impacto de la inflación en los créditos laborales (créditos en pesos), recurriendo a la aplicación del art. 770 del Cód. Civil y Comercial, para poder extender su aplicación retroactiva  a cualquier indemnización que hubiese nacido con posterioridad a la entrada en vigencia del Código C y C N (Agosto/2015).-  El sistema de cálculo consiste en calcular los intereses desde la exigibilidad del crédito (vgr fecha del despido),  con una capitalización anual que inicia desde la fecha en que se notificó la demanda laboral, lo que genera que cada año que transcurre se modifique la base de calculo (por sumar capital e interés - anatocismo) , y con ello, se abulte el interés acumulado.-  
Decreto 54/2017 Riesgos de Trabajo

El pasado 23/01/2017 El Poder Ejecutivo Nacional por vía de un Decreto de Necesidad y Urgencia, ha introducido una serie de modificaciones a la LRT (24.557), repitiendo en gran medida conceptos de la ley que ya tiene media sanción del senado.- 

Sitios audiovisuales

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Lunes a Viernes de 13:00 a 17:00 hrs.

Completa los datos para ponernos en contacto lo antes posible y déjanos tu mensaje.

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